Justicia confirma amonestación contra Mega por incumplir campaña pública contra el Covid-19
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada desestimó el recurso de apelación de Mega, tras establecer que la sanción aplicada por el CNTV se ajusta a la ley.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) que amonestó a Mega por incumplir con su obligación legal de trasmitir dos campañas de interés público durante el año pasado.
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada desestimó el recurso de apelación de Mega, tras establecer que la sanción aplicada por el CNTV se ajusta a la ley.
“Que, así las cosas, la recurrente no debe olvidar que el artículo 1° en su inciso final de la Ley N° 18.838 considera como parte del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, entre otras, la transmisión de campañas de utilidad pública, lo que se traduce básicamente en realzar el rol que cumplen los medios de comunicación de cara a la ciudadanía, máxime considerando la situación de emergencia sanitaria derivada del virus SARS-COV-2, o Coronavirus, que obliga a todos los actores sociales, y en especial a los concesionarios de servicios de televisión abierta, a desempeñar con mayor celo el rol de comunicar todo aquello que permita a los ciudadanos del país mantenerse debidamente informados”, sostiene el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la decisión del Consejo Nacional de Televisión, contenida en el Ordinario N°1395 de 18 de diciembre de 2020, que rechazó el recurso de reposición deducido por el apelante en contra del Ord. N° 1186/2020 que le aplicó la medida de amonestación, sin costas por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar”.