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15 de Septiembre de 2021

Corte de Apelaciones anula sanción contra La Red por entrevista al “comandante Ramiro”

El fallo destacó que se trató de una entrevista en que Hernández Norambuena ejerció su derecho a la libertad de expresión.

Por Rodrigo León
la red comandante ramiro La entrevista a Hernández Norambuena fue emitida la noche del 15 de marzo.
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La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió anular la sanción del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra de La Red por emitir la entrevista a Mauricio Hernández Norambuena, conocido como el “comandante Ramiro”.

En el fallo, según publicó el Poder Judicial, el tribunal alzada consideró que el condenado “hizo uso de su derecho a la libertad de expresión y no se vulneraron las normas del pluralismo político”.

“Las entrevistas, se rigen por la Ley Nº 19.733, sobre Libertades de Opinión y Ejercicio del Periodismo, la que en su artículo 8º inciso 2º, establece que el periodista o quien ejerza la actividad periodística no puede ser obligado a actuar en contravención a las normas éticas generalmente aceptadas para el ejercicio de su profesión“.

En el documento, agregan que Hernández Norambuena respondió a las preguntas de Eduardo Fuentes respecto a temas como su vida y el acontecer político. Por lo mismo, “las expresiones del entrevistado, obedecen a su personal opinión de los hechos que culminaron con la muerte de un Senador de la República y por la cual el entrevistado fue condenado penalmente”.

En su resolución, la Corte de Apelaciones destacó que Eduardo Fuentes, al finalizar la entrevista en Mentiras Verdaderas que no avalaban “como programa, ni como canal la violencia” sino que les interesaba “oír a los protagonistas de la historia”. Por lo mismo, agregó, “no romantizamos nada, ni defendemos posiciones, nos interesa escuchar a los que han estado ahí en momentos que van a quedar para siempre en los registros, queremos conocer su perspectiva, lo que los movió en ese instante, usted decidirá si está de acuerdo o no con esas motivaciones, ustedes son adultos”.

Ante esto, consideraron que “no parece acertado aseverar que, para cumplir con las exigencias de pluralismo -como requisito de un correcto funcionamiento- sea necesario que el entrevistado sea cuestionado o contrarrestado en su opinión por su entrevistador, sino que el funcionamiento del canal debe ser analizado en un sentido amplio”.

Además, recalcaron que el canal privado dejó en claro que han realizado “este tipo de entrevistas también a militares acusados de violaciones a los derechos humanos para conocer su versión de los hechos en los que se vieron involucrados”, lo que “permite a las personas adultas que ven el programa, conocer la opinión de cada entrevistado”.

Antes de cerrar, la Corte manifestó que gracias a la entrevista en La Red al “comandante Ramiro” le permitió a él “ejercer su derecho a la libertad de expresión manifestando sus opiniones, que pueden ser calificadas por el auditorio como verdaderas o falsas, pero no por ello dejan de ser simplemente opiniones”.

Y aunque ellas, agregaron, pudieron “agradar o desagradar a los espectadores”, el desagrado no puede “llevar a censura o la sanción, como tampoco se puede señalar que esa entrevista se hubiere dado en un ambiente en que se pudo haber infringido el respecto a la diversidad política como se señala por el CNTV”. Finalmente, y como “se trata de una entrevista” decidieron dejar sin efecto la sanción del organismo fiscalizador.

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