Crisis en Ecuador: los delitos de los que se acusa al presidente Guillermo Lasso
El jefe de Estado ecuatoriano respondió al juicio político en su contra disolviendo el Parlamento y llamando a elecciones.
La decisión del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, de disolver este miércoles la Asamblea Nacional en medio del juicio político en su contra, tras argumentar una “grave crisis política y conmoción interna“, no hizo más que escalar la disputa que el mandatario sostiene con la oposición, que es mayoría en el Congreso.
Los legisladores opositores acusan al ex banquero de derecha, de 67 años, de no terminar con el contrato de la naviera estatal Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec) con la empresa privada Amazonas Tanker, pese a las recomendaciones, lo que implicó una pérdida para el Estado estimada en 6 millones de dólares.
La oposición también culpa al presidente Guillermo Lasso de presuntos delitos contra la administración pública.
La Corte Constitucional de Ecuador determinó hace una semana que el delito de peculado (malversación de los fondos públicos) sí era admisible en el caso presentado contra el jefe de Estado ecuatoriano.
Acusaciones no acogidas por la corte
No obstante, la misma instancia no acogió otras acusaciones de la oposición, liderada por el ex presidente Rafael Correa, en particular sobre el presunto delito de concusión, también llamado de exacción ilegal. Según la ley, este delito se refiere a cuando un funcionario público, en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución, o también cobra más de lo que le corresponde por las funciones que realiza.
“El pleno resolvió inadmitir las dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión y admitir la acusación de juicio político relacionada con el presunto delito de peculado“, indicó en su momento la Corte Constitucional a través de un comunicado público.
Cabe recordar que al día siguiente de iniciarse el juicio político contra el mandatario ecuatoriano, Guillermo Lasso procedió a disolver la Asamblea Nacional y convocó a elecciones tanto para presidente como para legisladores, en lo que los expertos denominaron como una “muerte cruzada”.
La medida se adoptó a través del decreto publicado hoy por la Presidencia de la República, en el que se precisa que se está haciendo uso “del inciso tercero del artículo 148 de la Constitución de la República”.