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26 de Junio de 2012

Estas son las clínicas multadas por exigir cheque en garantía a sus pacientes

La Superintendencia de Salud sancionó a la Clínica Dávila y al Hospital Clínico de la Universidad Católica por contrariar la Ley de Urgencia al exigir garantía de pago a sus pacientes.Revisa las multas.

Por Equipo El Dínamo
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Carolina Eyzaguirre Uribe debió esperar dos años para que la Corte Suprema determinara la improcedencia del pagaré que el Hospital Clínico de la Universidad Católica le exigió cuando, en abril de 2010, acudió de urgencia para atender a su madre, Olga Uribe, por un cuadro de pérdida de movilidad en el brazo que terminó con diagnóstico de tumor cerebral.

Hace sólo unos días la Tercera Sala del máximo tribunal determinó que el Hospital Clínico de la UC actuó de forma “arbitraria” al cobrar el pagaré que Carolina esa noche firmó en blanco y que el cabo de dos meses, según relata a El Dínamo, se transformó en una deuda por un 1.500.000 pesos que se le cobró a pesar de que la Superintendencia de Salud también emitió un fallo amparando su reclamo. 

El caso de Carolina Eyzaguirre, sin duda, no es único. Según informa la Superintendencia de Salud a raíz de una solicitud vía Ley de Transparencia, solo durante el primer semestre de 2012, se han cursado resoluciones que imponen la sanción de multa a prestadores de salud por infracciones a la Ley N 20.394, que “prohíbe condicionar la atención de salud al otorgamiento de cheques o dinero en efectivo”.

Las sanciones afectan a nuevamente al Hospital Clínico de la UC y a la Clínica Dávila.

Según detalla el informe de la Superintendencia de Salud al que tuvo acceso este medio, esta  última fue multada “por 100  Unidades Tributarias Mensuales (3 millones 960 mil pesos), por infracción al Artículo 173 Bis del D.F.L N 1, de 2005, de Salud, en virtud de haber exigido la entrega de un cheque en garantía para el otorgamiento de prestaciones de salud electivas (esto es  en circunstancias que el paciente no se encontraba en situación de urgencia o emergencia que implicara riesgo vital o secuela funcional grave).

La sentencia contra la Clínica Dávila aún no se encuentra ejecutoriada. La entidad tiene la posibilidad de interponer los recursos respectivos para apelar contra la multa.

El Hospital de la UC, en tanto,  mediante una resolución del 8 de mayo de 2012,  fue sancionado con una multa de” 40 UTM (1 millón 584 mil pesos), por infracción al Artículo 141 BIS del DFL N1 , de 2005, de Salud, en virtud de haber exigido la entrega de un cheque como garantía para el otorgamiento de prestaciones de salud electivas”. A diferencia de la Clínica Dávila, esta multa ya está  ejecutoriada y pagada por el hospital sancionado.

El Dínamo intentó contactarse con ambos centros hospitalarios para obtener su versión acerca por qué persisten en exigir pago en garantía contrariando la Ley de Urgencias, sin embargo, no obtuvo respuesta.

Dicom en urgencias

En su calidad de presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Javier Macaya (UDI), calificó como “grave” la infracción en que están incurriendo los hospitales, pues contraría el espíritu de la ley y el esfuerzo que se está realizando para facilitar del acceso a la salud.

En esa línea Macaya detalla que recientemente la Cámara de Diputados amplió los alcances de la aprobada Ley Dicom, de manera de impedir que los hospitales exijan el informe comercial también a los pacientes de Fonasa (el texto original apuntaba especialmente a las instituciones privadas).

Tal indicación ya fue aprobada por la Sala de la Cámara y ahora está en trámite en el Senado.

 

 

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