¿Y el protocolo?: norma contradice al gobierno, que justificó formateo de computador de Dávalos
Un Decreto Supremo del año 2005 establece que se deben realizar respaldos anuales de los computadores asignados a los funcionarios, y que además se debe garantizar la protección de esta información. Esta información, aparentemente, contradice lo que planteó el Ministro Marcelo Díaz el pasado 24 de agosto.
Durante el fin de semana trascendió que en un peritaje del OS-9 de Carabineros, afirmaba que el computador que usó el hijo de la Presidenta, Sebastián Dávalos, había sido formateado. Esta información es particularmente delicada, a causa del caso Caval, investigación que lleva el fiscal regional de O’Higgins, Luis Toledo, donde se indaga la eventual comisión de delitos en la compra-venta de unos terrenos en Machalí, donde estuvo involucrada Natalia Compagnon, nuera de la Presidenta Bachelet, y copropietaria de la empresa.
Además, a esto se suman las declaraciones del mismo Dávalos ante el Ministerio Público, quien aseguró haber realizado trabajos para Caval -estos relacionados con el empresario Gonzalo Vial Concha– mientras se desempeñaba en Cancillería, previo a asumir como Director sociocultural de La Moneda.
En ese contexto, se le consultó al ministro Marcelo Díaz, vocero de gobierno, sobre cómo se procede en los casos cuando los funcionarios dejan de trabajar en el gobierno. El 24 de agosto declaró que “la información que yo tengo es que hay un protocolo, que no viene de este gobierno, sino que de mucho antes, respecto de lo que ocurre con la información alojada en los computadores, mientras están al servicio de determinados funcionarios, y se refiere a que en general esa información se respalda sólo a solicitud del titular y la información que requiere. De lo contrario, son borrados y entregados a nuevos funcionarios”.
Luego, Díaz agregó que “lo que se respalda es, por ejemplo, el 100% de los correos electrónicos en los servidores de cada uno de los ministerios, en los distintos servidores, y la información específica respecto de trabajos, informes, a partir de este protocolo”.
Desde la oposición, en este caso a través de una minuta elaborada por la Fundación Jaime Guzmán, detallan un decreto supremo (DS) del 2005, según plantea La Segunda, el que contradice lo que declaró Díaz ante la prensa.
En el DS 83 del 2005, entregado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se fija una serie de normas mínimas de seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos asociados a la administración estatal.
En su artículo 24, se indica que “la periodicidad con que se realizarán los respaldos de los computadores personales de la institución que estén asignados a usuarios, deberá explicitarse y no podrá ser menos a un respaldo anual”.
Asimismo, el decreto también obliga a garantizar “la disponibilidad de infraestructura adecuada de respaldo, para asegurar que éstos estén disponibles incluso después de un desastre o la falla de un dispositivo”. En ese sentido también se fijan varios parámetros y plazos para proteger esos respaldos.
En la minuta la Fundación Jaime Guzmán plantea, respecto de lo que dijo Díaz, que “no hay correspondencia con la norma vigente”.
También en la minuta se menciona el DS 77, del año 2004, donde se especifica respecto de los correos. Las reparticiones estatales deben “conservar los registros de estas comunicaciones por un período no inferior a los 6 años”. Sin embargo, este último decreto fue derogado al final del gobierno de Sebastián Piñera.
Con estos antecedentes el ministro vocero sólo respondió que “el detalle específico de esos hechos será entregado en el marco de esos procedimientos”.