Pese a fallo de la Corte Suprema, familia no vacunará a su hijo de cuatro meses enfermo de coqueluche
Esta enfermedad generalmente se trata con vacunas que se suministran a los 2, a los 5, a los 6 y a los 18 meses de edad.
La semana pasada, la Corte Suprema dictaminó que el Hospital de Osorno debía vacunar a un menor de cuatro meses, enfermo de coqueluche, el cual fue ingresado al recinto el 22 de febrero.
Su madre, de acuerdo al fallo, se habría opuesto a que el niño fuese inoculado.
La tos convulsa es una enfermedad que puede incluso comprometer el sistema nervioso y el miocardio, y según el máximo tribunal, se acreditó “la existencia de una acción ilegal y arbitraria atribuible a la recurrida, al negarse ésta injustificadamente a que su hijo sea vacunado contra la tuberculosis, negativa que por cierto afecta el derecho a la vida del menor amparado”.
Resulta que los padres del menor determinaron no vacunarlo. Su padre, Héctor Higueras, conversó con Radio Bío-Bío y consideró represiva esta medida. A su juicio, no existiría certeza real sobre si el timeroasal que contienen algunas vacunas –como la BCG o para la tuberculosis– es nocivo para la salud.
Higueras remarcó que no puede someter a su hijo a un tratamiento médico sobre el cual ni siquiera el propio Estado tiene certeza respecto a su real seguridad.
Asimismo, criticó las declaraciones de la directora del Hospital Base San José de Osorno, Verónica Wall, tras relacionar la enfermedad de coqueluche que su hijo sufrió con la falta de vacunas.
Incluso, no desestiman eventualmente acudir a una corte internacional, si es que se les obliga a vacunar a su hijo.