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Actualizado el 28 de Agosto de 2019

Red Salud UC Christus fue acusada de negar examen a joven trans

El centro de salud puso como condición que la mujer entregara datos de su identidad anterior.

Por Brenda Martínez
examen de sangre
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La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible un recurso de protección contra Red Salud UC Christus, presentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), a favor de una mujer trans a quien le negaron la realización de un examen de sangre por no entregar los datos de su identidad anterior.

De acuerdo a lo expuesto por el Movilh, la afectada rectificó su partida de nacimiento, cambiando su nombre y sexo legal. Sin embargo, el laboratorio de la Universidad Católica se negó a realizar el examen poniendo como condición que diera a conocer el nombre y sexo legal de nacimiento.

La abogada del colectivo LGBTI, Paz Becerra, aseguró que el actuar del laboratorio es “ilegal y arbitrario”, pues esa ya no es su identidad para ningún tipo de trámite.

“Teniendo ella una identificación e identidad nueva, siempre manteniendo su RUT, no es necesario solicitar documentación que corresponde al ámbito de su vida privada”, explicó Becerra.

La jurista señala que la exigencia de Red Salud UC Christus “vulnera la dignidad, el derecho a la igualdad y no discriminación, el debido proceso y su integridad psíquica, todos derechos que garantizados en la Carta Fundamental, en todas sus formas”.

Por su parte, el representante del Área de Salud del Movilh, Diego Ríos, indicó que “el actuar de la Red Salud UC Christus es abiertamente transfóbico e invasivo y no tiene ninguna justificación práctica. Al parecer ellos quisieran llevar un catastro o ‘lista negra’ de personas trans, lo cual es impresentable. La Ley de Identidad de Género es clara: el nombre y sexo legal de nacimiento de las personas trans debe permanecer en estricta reserva luego de que cambien su identidad”.

La defensa de UC Christus

Por medio de un comunicado de prensa, Red Salud UC Christus confirmó que en casos de pacientes trans el protocolo de la institución indica que se solicita una copia de la cédula de identidad antigua y la actual, además de la sentencia definitiva del Poder Judicial en que se ordenó el cambio de nombre.

“Este procedimiento se sigue con todos los pacientes que tienen cambio de nombre legal, como por ejemplo en casos de adopción o cambio de apellido, pues tenemos la obligación de verificar la identidad para resguardar la seguridad del paciente y tener la certeza que el análisis, diagnóstico y tratamiento que derive de cualquier atención sea efectivamente entregado a la persona que lo requiere”, reza el comunicado.

De acuerdo a la querella presentada por el Movilh, la joven realizó el procedimiento médico el pasado 22 de julio en el Hospital Sotero del Río. Sin embargo, un día después fue contactada por el recinto asistencial, ya que desde el laboratorio de UC Christus estaban solicitando la mencionada información para procesar las muestras de sangre.

Según la afectada, el recinto hospitalario le informó que mientras no adjunte dicha documentación, su proceso médico está paralizado.

La red de salud se defendió asegurando que “nunca ha negado atención a la paciente de la que se hace mención. Dicha prestación de salud no se realizó en nuestras dependencias y las muestras de sangre a las que se hace referencia jamás fueron enviadas a nuestro laboratorio clínico”.

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