Corte ordenó a la PDI “abstenerse de acciones arbitrarias” tras caso de hija de Camilo Catrillanca
El tribunal de Temuco acogió parcialmente los recursos presentados por la Defensoría de la Niñez y el INDH por el operativo que involucró a la niña de 7 años.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió parcialmente los recursos de amparo presentados por la Defensoría de la Niñez y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a propósito de un polémico operativo de la Policía de Investigaciones (PDI) en la región de La Araucanía, el que involucró a la hija del fallecido comunero mapuche Camilo Catrillanca.
El tribunal de alzada temuquense solicitó a la policía civil “abstenerse de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal” que vulnere los derechos de la niña de 7 años y de otros menores de edad, para así dar “estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, la Constitución Política y los tratados internacionales”.
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional interpuesta por el INDH en representación de la niña, rechazándola en la parte que accionó en favor de su madre y abuela, por no encontrarse acreditadas las circunstancias en que ambas fueron detenidas.
En una de las resoluciones, la Corte afirmó que las mujeres fueron sacadas por la PDI “haciendo uso de fuerza desmedida, lo que afectó especialmente a la citada menor, la que, igual sucedió a su madre y abuela, habría sido arrojada contra el pavimento y presionada contra dicha superficie por a lo menos un funcionario policial”.
El caso de la hija de Catrillanca generó un enfrentamiento público entre el director de la PDI, Héctor Espinosa, y la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, ya que según la versión de la institución los detectives no detuvieron a la niña y solo la resguardaron hasta que se lograra ubicar a un familiar adulto.