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5 de Mayo de 2021

Caso Catrillanca: Corte Suprema rechazó recurso de nulidad presentado por condenados

La Segunda Sala del máximo tribunal de justicia del país descartó la existencia de infracción a la ley en el fallo que calificó los delitos como homicidio simple y homicidio frustrado.

Por Carlos Escobar
El fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema no es susceptible de nuevos recursos, por lo que los condenados deberán cumplir lo dictado por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad que presentaron los siete ex funcionarios de Carabineros y un abogado de la policía uniformada condenados por el crimen de Camilo Catrillanca, ocurrido en Temucuicui, Región de La Araucanía, el 14 de noviembre de 2018.

En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada (i) Pía Tavolari– descartó alguna infracción a la ley en el fallo que calificó el delito como homicidio simple y que consideró que los imputados actuaron con dolo directo y no eventual al disparar a Catrillanca y al adolescente M.A.C.P.

Al respecto, el fiscal de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Regional de La Araucanía, Roberto Garrido, aseguró que “el tribunal superior rechazó todos los recursos de nulidad interpuestos y ha sostenido, en definitiva, que tanto el juicio como la sentencia condenatoria no son nulos”.

Además, el persecutor señaló que “este pronunciamiento no es susceptible de nuevos recursos. Por lo tanto, con esta resolución se pone término al proceso y se confirman las condenas que impuso el Tribunal Oral en lo Penal de Angol para los condenados en esta causa”.

“Como Ministerio Público recibimos esta resolución con tranquilidad, creemos que hemos cumplido nuestra labor. Primero, en el esclarecimiento de los hechos con prontitud, asumiendo el principio de debida diligencia como un imperativo y luego desarrollando el correspondiente juicio oral con debido y completo respeto de las garantías en un proceso que ha sido objetivo e imparcial”, concluyó el fiscal.

Las condenas del caso Catrillanca

El 21 de enero pasado, el Tribunal Oral en lo Penal de Angol leyó la sentencia en contra de los imputados, quienes fueron condenados por distintos delitos en el homicidio del comunero mapuche.

En el caso del ex funcionario del GOPE, Carlos Alarcón, fue condenado por homicidio simple en contra de Camilo Catrillanca y por homicidio simple frustrado en contra de M.A.P.C. y se dictó una pena de 11 años de presidio mayor en su grado medio y 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, respectivamente.

Otro ex funcionario del GOPE, Raúl Ávila, deberá cumplir 3 años y un día por apremios ilegítimos, 3 años y un día por disparos injustificados, y 61 días por obstrucción a la investigación.

Al resto de los condenados se les asignaron la siguientes penas: Patricio Sepúlveda, por obstrucción a la investigación, recibió 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de 2 UTM; Braulio Valenzuela fue condenado a 3 años y un día; Gonzalo Pérez, a 61 días de presidio; Manuel Valdivieso, remisión condicional; y Jorge Contreras, a 300 días de presidio.

Mientras que Cristián Inostroza, abogado que se desempeñaba como asesor jurídico de la Prefectura de FF.EE. de la Zona de Control de Orden Público Araucanía en la fecha en que fue asesinado Catrillanca, se le otorgó la pena de remisión condicional.

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