Caso Inmobiliaria: Suprema rechazó recurso de amparo de Daniel Jadue para evitar juicio oral
La defensa del alcalde de Recoleta había apuntado contra tres integrantes de la cuarta sala Corte de Apelaciones de Santiago, que habían revocado su sobreseimiento.
La Corte Suprema rechazó un recurso de amparo presentado por la defensa del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), quien enfrenta un litigio legal con la empresa Desarrollo Inmobiliaria Bellavista, por el permiso de edificación de una torre del Conjunto Armónico Bellavista.
En fallo dividido, la segunda sala del máximo tribunal desestimó el recurso presentado por el ex candidato presidencial comunista en contra de la decisión de la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había revocado su sobreseimiento de la causa.
En la acción judicial, el jefe comunal apuntó contra tres integrantes del tribunal de alzada: los ministros Carmen Gloria Correa y Juan Muñoz Pardo, y el abogado integrante Rodrigo Montt Swett, quienes desestimaron sobreseerlo frente a las acusaciones de prevaricación y negociación incompatible por tráfico de influencias presentadas por la empresa.
Christian Espejo, abogado querellante, señaló a Radio Bío Bío que de esta forma se acaban las posibilidades de Jadue para impedir el juicio oral. Junto con ello, insistió en que el jefe comunal debe dejar de ejercer sus funciones, para que exista igualdad de condiciones.
El conflicto entre Jadue y la inmobiliaria
El litigio se desencadenó con una denuncia presentada por la inmobiliaria en 2017, en donde se acusó a Jadue de no querer acoger la recepción de la construcción. La disputa creció luego que el municipio presentara órdenes para avanzar en la demolición de la torre.
El alcalde respondió a la empresa y la acusó de no respetar la normativa vigente ya que las torres alcanzaron los 19 pisos, en un sector que solo permite hasta nueve.
En 2020, la Fiscalía Centro Norte había cerrado la investigación penal y posteriormente decidió no perseverar en la indagatoria. Ante esto los querellantes recurrieron al Tribunal Constitucional (TC), que determinó que la autoridad comunal podía ser acusado penalmente.