Secciones El Dínamo

cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad
12 de Septiembre de 2022

¿Qué pagos pueden recibir en septiembre quienes se encuentran cesantes?

Para poder acceder a las ayudas entregadas por el Estado, el trabajador debe tener un término de relación laboral con su empleador.

Por Gabriela Romo
La tasa de desocupación laboral alcanzó un 7,9% durante mayo y julio. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
Compartir

En el mes de septiembre, las familias del país suelen tener una serie de gastos adicionales por las celebraciones asociadas a las Fiestas Patrias. Es por esta razón, que los beneficios económicos que entrega el Estado se vuelven fundamentales para el bolsillo de las personas.

Según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la tasa de desocupación laboral en Chile alcanzó un 7,9% durante el trimestre móvil mayo-julio de 2022,

Debido a lo anterior, el Gobierno entrega una serie de beneficios para ayudar a los desempleados a enfrentar estas fechas.

¿Qué beneficios hay para los cesantes?

Para poder acceder a las ayudas entregadas por el Estado, el trabajador debe tener un término de relación laboral con su empleador, además de solicitar su finiquito, documento fundamental que le solicitarán al momento de solicitar algún beneficio.

Seguro de Cesantía:

La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entrega un beneficio que protege a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.

Estos trabajadores tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) donde el empleador cotiza el 3% de la renta imponible mensualmente.

Cuando un trabajador queda cesante, puede sacar el dinero ahorrado a través de giros mensuales según el porcentaje de remuneración.

Cuenta de Ahorro de indemnización:

Si te encuentras cesante, tienes la posibilidad de cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

El dinero se cobra a través de la AFP y para hacerlo, es necesario presentar documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Fondo de Cesantía Solidario:

Los afiliados a la AFC que no tengan dinero suficiente en sus cuentas para compensar los meses posteriores al término del contrato, podrán optar al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

Entre los requisitos para recibir este beneficio se encuentran:

  • Contar con 12 cotizaciones pagadas los 24 meses anteriores al despido.
  • Sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
  • El contrato,  debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.

 

 

Léenos en Google News

Temas relevantes

#beneficios para cesantes

Notas relacionadas

Deja tu comentario

Lo más reciente

Más noticias de País