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12 de Abril de 2023

Las razones de la Corte Suprema para distanciarse del “Criterio Valencia”

Prisión preventiva para todos los extranjeros detenidos que no cuenten con documentación al día es la orden que envió el fiscal nacional.

Por Redacción EL DÍNAMO
El fiscal nacional Ángel Valencia ordenó al Ministerio Público pedir la prisión preventiva de todos los extranjeros indocumentados que sean detenidos. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Desde este lunes 10 de abril comenzó a regir en el país el denominado “Criterio Valencia”, disposición que fue ordenada por el fiscal nacional, Ángel Valencia, para dejar en prisión preventiva a cualquier ciudadano extranjero indocumentado que sea detenido por ser responsable de un delito.

La medida ya tuvo al primer protagonista. Se trata de un ciudadano venezolano, quien intentó atropellar a un carabinero en Maipú el martes 7 de marzo. Luego de eso, se concretó la aprehensión de tres extranjeros en la Región Metropolitana, tres en Atacama, dos en Los Lagos y uno en Tarapacá.

Frente a esta determinación, la Corte Suprema tomó distancia y evitó generalizar en los casos en que personas nacidas fuera de Chile comenten delitos.

Nosotros no identificamos esto como ningún tipo de presión. Nosotros afortunadamente como Poder Judicial tenemos buenas, cordiales y respetuosos relaciones con los demás órganos del Estado que se vinculan con nuestro quehacer y parte de ello por supuesto que es el Ministerio Público”, dijo la vocera del máximo tribunal del país, Ángela Vivanco.

Las razones para distanciarse del “Criterio Valencia”

Descartar presiones de parte de Ángel Valencia no fue lo único que aseguró la representante del Poder Judicial. También aseguró que cada caso debe ser estudiado, distanciándose de esta orden que emanó de la testera del Ministerio Público que lidera el abogado.

Al no ser una ley, sino que una disposición técnica para seguir investigaciones, la Corte Suprema evita generalizar. De hecho, en Concepción, cuatro extranjeros evitaron la prisión preventiva luego de que el tribunal considerara que su pasaporte era suficiente para conocer su identidad a pesar de no contar con RUT provisorio.

“El fiscal nacional tiene todo el derecho de establecer lineamientos para el equipo que va desarrollando las tareas correspondientes y esto es una atribución suya, que nosotros respetamos. El punto es que como es un lineamiento interno y no es una ley, eso genera la posibilidad de que haya decisiones diversas, según cada tipo de caso, ya que cada uno se resuelve en su mérito”, explicó Vivanco.

“Hay una diferencia importante. Cuando un criterio, un lineamiento de esta especie es establecido legalmente. Entonces se transforma en una norma de procedimiento que los jueces están obligados a cumplir, cuando no hay una norma legal, entonces se trata de un lineamiento que los jueces obviamente que cruzan con los otros antecedentes del caso… Obviamente, si después hay una legislación al respecto, se tenderá a uniformar la decisión en esa situación o circunstancia”, cerró.

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