Corte Suprema da portazo a las isapres: descartó ampliar plazo para cumplir fallo
"No existiendo puntos oscuros o dudosos que aclarar, no se hace lugar a la solicitud", precisó el fallo del máximo tribunal del país.
La Corte Suprema rechazó la solicitud de la Superintendencia de Salud de ampliar en seis meses el plazo para la aplicación del fallo que anuló el último incremento del precio GES de las isapres y ordenó la devolución de los cobros excesivos.
“No ha lugar“, fue la respuesta del máximo tribunal del país ante el recurso presentado por la Super de Salud. De esta forma, determinó que las isapres deben mantener la prima GES que regía en el trienio anterior.
“No existiendo puntos oscuros o dudosos que aclarar, no se hace lugar a la solicitud“, precisó el fallo del tribunal.
En su resolución, la Suprema enfatizó que “lo que corresponde a cada isapre es dar cumplimiento al fallo referido desde la fecha en que la sentencia quedó ejecutoriada“.
“En estas circunstancias no se advierte una determinación general que deba adoptar la Superintendencia de Salud en el cumplimiento de la sentencia. Y la actividad que le corresponde al respecto es instar por el cumplimiento del fallo“, puntualizó el fallo del máximo tribunal.
Asociación de Isapres
El presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Arriagada, advirtió en agosto pasado que las consecuencias del fallo podrían impedir que las estas instituciones mantengan las coberturas actuales.
“El fallo de GES es un elemento gravísimo. Si se aplicará el GES, lo más probable es que, no más allá de tres meses, las isapres no podrían mantener el equilibrio, mantener las coberturas“, dijo Arriagada en la oportunidad.
En el Congreso se está tramitando la ley corta de isapres, donde buscan dar viabilidad a la industria y mitigar la baja de ingresos por el fallo GES.
La Superintendencia había presentado su solicitud a la Corte Suprema, después que grupo de isapres solicitó que se buscara aplazar la aplicación del fallo.