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25 de Junio de 2024

Caso Conscriptos: por qué la justicia civil y no la militar investigará muerte de Franco Vargas

Con esta decisión, la ministra en visita de la Corte Marcial, Jenny Book, deberá dejar el caso en manos del Juzgado de Arica.

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Corte Suprema Franco Vargas El máximo tribunal apuntó que los delitos investigados corresponden a la justicia civil. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Corte Suprema determinó que el Juzgado de Garantía de Arica debe seguir tramitando la investigación por la muerte del conscripto Franco Vargas y otros delitos ocurridos en Putre y que la ministra en visita de la Corte Marcial, Jenny Book, no es competente para seguir indagando el llamado Caso Conscriptos.

En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal consideró que la justicia civil y no la justicia militar debe seguir investigando los hechos.

“Un análisis del principio de juridicidad y división de poderes obliga a preguntarse en primer término si existen fundamentos exclusiva y estrictamente militares que por su directa conexión con los objetivos, tareas y fines propios de las Fuerzas Armadas -esto es, aquellos que hacen referencia a la organización bélica del Estado-, tornen indispensable para las exigencias defensivas de la comunidad como bien constitucional, la necesidad de una vía judicial específica para el conocimiento y eventual represión de delitos comunes”, dice el fallo.

Para la Corte Suprema, la competencia de los tribunales militares es “sólo para aquellos casos de comisión de delitos comunes de militares en contra de militares vinculados estrictamente a la función militar y en protección de los bienes jurídicos que le son propios, no extendiéndola a otros delitos ajenos a la actividad”.

Junto con ello, apuntó que los ilícitos indagados en la muerte de Franco Vargas y en la fatídica marcha de los conscriptos de la Brigada Motorizada N°24 Huamachuco corresponden al “delito de apremios ilegítimos y apremios ilegítimos en concurso con homicidio, ilícitos comunes que no pueden ser considerados actos de servicio o cometidos con ocasión de él, su conocimiento y resolución está encomendado a la judicatura ordinaria civil”.

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