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25 de Julio de 2024

Ni para clases de ética: Suprema rechazó demandas por la colusión del confort y dejó a los afectados sin indemnizaciones

La Corte Suprema dio a conocer el argumento que la hizo rechazar los recursos que habían presentado Conadecus, Sernac y Odecus por la colusión del confort.

Por Juan Pablo Ernst
El caso de la colusión del Confort se conoció en 2015. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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La Corte Suprema rechazó este jueves los recursos presentados en contra de la empresa SCA Chile en el marco del caso de la llamada colusión del confort, tras establecer que no se puede responsabilizar a la compañía ya que no existe una relación contractual directa con los consumidores.

De esta forma, el máximo tribunal del país cerró la posibilidad de que se produjeran nuevas indemnizaciones a los afectados, que es lo que buscaron Conadecus, Sernac y Odecus en esta instancia.

De acuerdo con lo argumentado por los integrantes de la Corte Suprema, bajo la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC), la empresa no tiene obligación de indemnizar a los consumidores, debido a la falta de un vínculo contractual directo con los clientes y/o compradores.

El fallo de la Suprema por la colusión del confort

En su dictamen, el máximo tribunal estableció que “el fallo recurrido de nulidad sustancial sostiene que al no haberse celebrado contratos de ninguna especie entre SCA y los consumidores, no se trata de un eventual compromiso del interés colectivo de un grupo determinado o determinable de consumidores, sino de un interés difuso de consumidores indeterminados“.

El caso, que se remonta a 2015, se vincula a la colusión entre SCA Chile y CMPC Tissue para fijar precios y asignar cuotas de mercado en el país. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) denunció y presentó un requerimiento contra ambas compañías, acusando que la colusión se prolongó entre los años 2000 y 2011.

En su momento, la CMPC alcanzó un acuerdo con el Sernac, a través del cual se comprometió a compensar con una indemnización de $7.000 para cada uno de los consumidores que resultaron afectados por la colusión del confort.

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