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Actualizado el 11 de Septiembre de 2024

Qué es la pluriparentalidad: el caso de los dos papás de Osorno que instaló el término en Chile

El Juzgado de Familia de Osorno dictó una sentencia de pluriparentalidad, dejando a un niño inscrito en su certificado con dos papás.

Por Juan Pablo Ernst
Para tomar su decisión la jueza Verónica Vymaza mantuvo una entrevista con el niño. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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El “interés superior del niño” llevó a que la jueza Verónica Vymazal, del Juzgado de Familia de Osorno, en la Región de Los Lagos, dictara una sentencia de pluriparentalidad, a través de la cual autorizó que un menor de edad sea inscrito con una mamá y dos papás en su certificado de nacimiento.

Así lo explicó la propia magistrada, quien precisó que tomó la decisión luego de mantener una entrevista con el niño, a raíz de la demanda de impugnación de paternidad presentada en el tribunal.

De acuerdo a lo informado, el padre biológico del niño presentó dicho recurso tras darse cuenta que en realidad el pequeño era su hijo y no de la pareja de la madre, con el propósito de que se lo incluyera a él en el certificado de nacimiento y se borrara el nombre del otro individuo que lo había reconocido legalmente.

El niño, sus dos papás y la pluriparentalidad

A fin de tomar una decisión que beneficiara al menor de edad, la jueza Vymazal se entrevistó con él, momento en que “describió que tenía dos papás: un padre que identifica como el de crianza y otro padre de sangre“, apuntando a la existencia de una pluriparentalidad.

“Con ambos mantenía relación, vinculación, visita, ambos aportaban a la vida del niño y él señalaba que en su hoja de vida o certificado de nacimiento –que él llama hoja de vida–, quería que se reconociera a ambos como sus padres“, detalló la magistrada.

Ante esta situación, la jueza tomó la decisión de autorizar que se inscriba al niño con una madre y dos padres en su certificado de nacimiento.

Al respecto aseguró que el interés superior del menor de edad “se satisface con el reconocimiento legal de pluriparentalidad, estableciendo en su registro de nacimiento que el demandante también es su padre, conjuntamente con el padre de crianza, reconocimiento que permite asegurar el desarrollo integral y sus vínculos”.

De acuerdo a lo detallado por la resolución del tribunal, “en Chile, hasta hace algunos años, prevalecía la identidad biológica por sobre cualquier otro vínculo, lo que ha ido variando en los últimos años”. Es así “como ha surgido el concepto de sociafectividad (…) generando una realidad sicológica y afectiva que otorgue una posesión de estado de hijo y padre entre personas sin vínculos biológicos. Esto ha llevado a procesos legales que tienen por objetivo el reconocimiento jurídico a estos vínculos”.

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