A raíz de la acalorada discusión entre Arturo Vidal y Carabineros: qué dice la ley sobre el control de identidad
Arturo Vidal y Leonardo Gil argumentaron a Carabineros que no podían llevar a cabo el procedimiento en una "casa" o "propiedad privada", por lo que se negaron a colaborar por varios minutos. Bajo este contexto, el King finalmente fue conducido a una comisaría para realizarlo.
Tras la fiesta en el bar de Vitacura que protagonizó Arturo Vidal y otros jugadores de Colo Colo, en la cual se originó la denuncia por presunta agresión sexual contra una mujer, se reveló un video en donde se muestra al King y a Leonardo Gil teniendo una acalorada discusión con un carabinero en medio de un control de identidad.
Los futbolistas se encontraban con otros sujetos en el patio trasero del pub, sitio en el que son abordados por funcionarios policiales.
En aquel espacio, Arturo Vidal y Leonardo Gil cuestionaron duramente el actuar de Carabineros con respecto al control de identidad. En este sentido, insistieron que el procedimiento se debía hacer fuera de la “casa” o “propiedad privada”.
“Ellos no pueden pedir una identidad adentro de una casa. ¡Estos hue… no pueden pedir esa hue… porque esta hue… es privada! Estoy dentro de una casa, ¿por qué están pidiendo la identidad?”, dijo Vidal.
“Ustedes están dentro de un recinto que tiene horario de cierre, independiente de que estén en el patio”, le replicó el funcionario.
Ante esto, el King volvió a insistir: “Pero cómo tú le puedes pedir una identidad a alguien que está dentro de una casa”. A lo que el carabinero sostuvo: “Me lo confiere la ley“.
¿Qué dice la ley sobre el procedimiento para realizar un control de identidad?
Con respecto a esta discusión, Jaime Vera, profesor de Derecho en la PUCV, detalló a LUN: “En Chile hay varios tipos de control de identidad. Uno, el investigativo, del artículo 85, y el preventivo, que está en el artículo 12 de la ley 20.931, que se refiere explícitamente a lugares públicos y lugares privados de libre acceso. Si es un bar, es un lugar, en principio, de libre acceso, entonces la policía no necesita orden judicial para entrar. En un lugar cerrado, el ingreso de la policía podría verificarse legítimamente si había un delito flagrante adentro o si estaban en persecución de alguien que estaba flagrantemente cometiendo un delito”.
A lo que agregó: “Pero también es cierto que el artículo 85, a diferencia del control de identidad del artículo 12 de la ley 20.931, el preventivo, no especifica el lugar del control. El tema es cómo entraron. Podría haber entrado la policía legítimamente con el consentimiento del propietario o encargado del lugar”.
Por otro lado, el abogado Sebastián Astuya, explicó al citado medio que “si una persona se niega al control de identidad investigativo, lo pueden llevar a la comisaría, con la finalidad de cumplir con el trámite de control de identidad”.
Lo anterior, fue lo que ocurrió con Arturo Vidal, quien fue el único jugador de Colo Colo que fue conducido a la comisaría para que se le realizara un control de identidad investigativo.