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“Seria falta de coherencia interna”: los argumentos de la defensa de Catalina Pérez en su apelación a su desafuero

En el documento, sostuvieron que la Corte de Antofagasta “desvirtúa las acusaciones de la Fiscalía” y que su análisis de las imputaciones es “irracional”.

Fue este martes 25 de enero cuando la defensa de la diputada Catalina Pérez presentó la apelación de su desafuero ante la Corte Suprema, luego de que la Corte de Apelaciones de Antofagasta, el pasado 20 de febrero, ratificara la decisión del tribunal con el fin de que fuera formalizada por el Caso Democracia Viva.

Según dio a conocer La Tercera, en un documento de 35 páginas, los abogados Gonzalo Medina y Sebastián dal Pozzo, argumentaron que el tribunal de alzada “vuelve completamente irracional el análisis de la prueba que debe efectuar el tribunal en el procedimiento de desafuero”.

Por lo mismo, agregaron, “hace incurrir a la sentencia en extra petita (es decir, considerar controversias que no fueron sometidas a discusión de los ministros); impide el ejercicio del derecho de defensa en el procedimiento de desafuero, y traería como consecuencia la inutilidad del procedimiento de desafuero”.

En la apelación, la defensa de Catalina Pérez también cuestionó que “la fundamentación de la Corte presenta una seria falta de coherencia interna, debido a que, por una parte, sostiene que la decisión sobre la formación de causa debe basarse exclusivamente en la plausibilidad de la imputación penal formulada por el Ministerio Público, pero luego desvincula de manera tajante su decisión del análisis de los hechos específicos y su correspondiente calificación jurídica”.

Al omitir ese análisis, agregaron, causa “también un impacto directo en la transparencia del procedimiento, ya que la ausencia de un objeto probatorio definido dificulta la verificación de los fundamentos que han conducido a la decisión de hacer lugar a la formación de causa”.

Por otro lado, acusan a la Corte de Antofagasta de “ilegítimamente” alterar el objeto de la controversia, el cual “debe estar fijado por la solicitud de desafuero del Ministerio Público y el traslado de la defensa”.

“Los hechos pueden constituir otra forma de participación que la planteada por el Ministerio Público, sin decir cuál ni menos fundamentar en ese sentido, es un indicador de la falta de convencimiento mínimo adquirida por el tribunal en cuanto a la existencia de antecedentes que permitan acreditar la coautoría de nuestra representada”, indicaron

También sostuvieron que “tampoco habría inconveniente legal en que, en el caso de que se haga lugar a la formación de causa, el Ministerio Público acuse por hechos diferentes a los indicados en la solicitud de desafuero o califique jurídicamente estos hechos de manera diversa a la misma”.

Por todo esto, los abogados de Catalina Pérez consignaron en el documento de la apelación de su desafuero que el tribunal de alzada “desvirtúa las acusaciones de la Fiscalía y se pone el énfasis en la incongruencia entre los hechos imputados y los antecedentes aportados para su acreditación, lo que revela la total falta de pruebas que evidenció el Ministerio Público en su solicitud”.

u0022No existe ningún antecedente real y efectivo en los 33 tomos de la investigación -lo que incluye conversaciones entre ellos vía WhatsApp, registros telefónicos, declaración de todos los testigos y peritajes de las cuentas corrientes de la diputada- que pruebe de modo alguno estas imputacionesu0022, consignaron.

Ante esto, sostuvieron que en el recurso “se sustenta en que, al acoger una solicitud de desafuero sin existir evidencias directas de la imputación, y desconectada de los hechos imputados, el análisis de la prueba que debe efectuar el tribunal se vuelve completamente irracional“.


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