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Comisión Experta aprueba Estado social y democrático de derecho y reconocimiento a pueblos indígenas

“Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”, consigna el artículo 1.

Este martes se desarrolló primer Pleno de la Comisión Experta, en el que se aprobaron las normas constitucionales relativas al capítulo I del anteproyecto que será presentado al Consejo Constitucional el próximo 7 de junio.

El Capítulo I: “Fundamentos del Orden Constitucional”, contiene 16 artículos, de los cuales -en la mayoría- se alcanzó un acuerdo en la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, a través de la denominada “unidad de propósito” o “enmiendas amistosas”.

El artículo 1 del anteproyecto de la propuesta constitucional de la Comisión Experta establece que: “la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Su respeto y garantía es el primer deber de la comunidad política y su forma jurídica de organización”. Durante el pleno de este martes, se hizo hincapié en que estos principios están incluidos en el Estado social y democrático de derecho, el cual fue aprobado por unanimidad.

“Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”, consigna.

Pueblos indígenas reconocidos en la nación chilena

Otros de los temas que generó debate fue el reconocimiento a los pueblos indígenas como parte de nación chilena, consignado en el artículo 8 del anteproyecto. En este aspecto hubo una enmienda de unidad de propósito, donde los comisionados de la subcomisión establecieron en el inciso 1 que “la Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

Y el inciso 2, agrega: “El Estado reconoce la interculturalidad como un valor de la diversidad étnica y cultural del país y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad y respeto recíprocos. En el ejercicio de las funciones públicas, se debe garantizar el reconocimiento y la comprensión de dicha diversidad étnica y cultural”.

El comisionado Máximo Pavez destacó que había que “reconocer y valorar la norma que reconoce a nuestros pueblos originarios, tan largamente e incomprensiblemente postergados por el constituyente derivado en el Congreso nacional. Y el reconocimiento a nuestro país intercultural”.

Pavez, además, leyó el informe que contiene los artículos 18 al 28 del Capítulo II titulado: Derechos y Libertades Fundamentales, garantías y Deberes Constitucionales, cuyo debate se iniciará este miércoles.

Al final del debate se dio la votación de los 16 artículos. Se aprobaron 13, dos suprimidos y uno rechazado, este último: el artículo 16 bis respecto a que “el Estado reconoce el valor económico y social del trabajo de cuidado y doméstico no remunerado, debiendo promover la responsabilidad social del cuidado y la corresponsabilidad al interior de las familias”.







La calle tomada

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Los vendedores ambulantes no son enemigos del orden, simplemente no lo conocen. Son, en muchos casos, víctimas de un sistema laboral que los excluye y de un aparato estatal incapaz de integrarlos. Prohibirlos sin alternativa es criminalizar la necesidad. Legalizarlos sin criterio es institucionalizar el caos.

{title} Felipe Assadi