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14 de Abril de 2023

Los cambios de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria que ya entró en vigencia

Se creó la Secretaría Ejecutiva de Condominios, cuyo objetivo es impartir instrucciones para la aplicación de la ley y su reglamento. 

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Los reglamentos internos de copropiedad de cada comunidad no podrán prohibir la presencia de animales y mascotas. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
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Esta semana comenzó a regir la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que regula derechos de propiedad, administración, gastos comunes y tenencias de mascotas en una comunidad.

La ley entró en vigencia el jueves 13 de abril de 2023, considerando los derechos de propietarios, copropietarios y administradores.

Según indicó el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), además se creó el Registro Nacional de Administradoras de Condominios para dar inicio a la ejecución de una Secretaría Ejecutiva de Condominios, cuyo objetivo es impartir instrucciones para la aplicación de la ley y su reglamento. 

¿Qué aspectos regula la Ley de Copropiedad?

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria, dentro de sus artículos, regula lo siguiente:

  • Establece los tipos de condominios que existen, su naturaleza y clasificación jurídica.
  • Detalla el régimen jurídico de copropiedad inmobiliaria.
  • Define los bienes que configuran a un condominio.
  • Establece las definiciones de patrimonio, terrenos, espacios, copropietarios, comité de administración.
  • Define obligaciones económicas, de mantención y cobro de gastos comunes.
  • Detalla derechos y deberes de los copropietarios.
  • Fija las facultades y obligaciones del comité de administración.
  • Regula la periodicidad de asambleas y su participación.
  • Establece que los condominios deberán contar con plan de emergencia y planos de infraestructura, así como las exigencias urbanas y de construcción.

¿Puedo tener mascotas según la nueva Ley de Copropiedad?

Los reglamentos internos de copropiedad de cada comunidad no podrán prohibir la presencia de animales y mascotas.

El reglamento de copropiedad no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios y ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades”, se detalla la letra B del artículo 8 de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

“No obstante, podrá establecer limitaciones y restricciones respecto al uso de los bienes comunes por parte de dichos animales, con el objeto de no perturbar la tranquilidad ni comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio”, se agrega.

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