
Esta semana comenzó a regir la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que regula derechos de propiedad, administración, gastos comunes y tenencias de mascotas en una comunidad.
La ley entró en vigencia el jueves 13 de abril de 2023, considerando los derechos de propietarios, copropietarios y administradores.
Según indicó el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), además se creó el Registro Nacional de Administradoras de Condominios para dar inicio a la ejecución de una Secretaría Ejecutiva de Condominios, cuyo objetivo es impartir instrucciones para la aplicación de la ley y su reglamento.
¿Qué aspectos regula la Ley de Copropiedad?
La Ley de Copropiedad Inmobiliaria, dentro de sus artículos, regula lo siguiente:
- Establece los tipos de condominios que existen, su naturaleza y clasificación jurídica.
- Detalla el régimen jurídico de copropiedad inmobiliaria.
- Define los bienes que configuran a un condominio.
- Establece las definiciones de patrimonio, terrenos, espacios, copropietarios, comité de administración.
- Define obligaciones económicas, de mantención y cobro de gastos comunes.
- Detalla derechos y deberes de los copropietarios.
- Fija las facultades y obligaciones del comité de administración.
- Regula la periodicidad de asambleas y su participación.
- Establece que los condominios deberán contar con plan de emergencia y planos de infraestructura, así como las exigencias urbanas y de construcción.
¿Puedo tener mascotas según la nueva Ley de Copropiedad?
Los reglamentos internos de copropiedad de cada comunidad no podrán prohibir la presencia de animales y mascotas.
“El reglamento de copropiedad no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios y ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades”, se detalla la letra B del artículo 8 de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
“No obstante, podrá establecer limitaciones y restricciones respecto al uso de los bienes comunes por parte de dichos animales, con el objeto de no perturbar la tranquilidad ni comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio”, se agrega.