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18 de Enero de 2024

Bono Dueña de Casa: quiénes lo reciben y cuáles son los requisitos

Este beneficio estatal tiene solamente un requisito y no es necesario postular.

Por Francisco Rosales
bono de protección bono dueñas de casa Este beneficio se extiende por 24 meses. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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El Bono de Protección, más conocido como Bono Dueña de Casa, es un aporte mensual que va dirigido a las familias más vulnerables del país.

Este beneficio estatal dura 24 meses (dos años), tiene solo un requisito para poder recibirlo y no es necesario postular, por lo cual se distingue de las demás ayudas del Estado.

El Bono de Protección o Bono Dueña de Casa se entrega de forma automática a las personas que cumplan un solo requisito, el cual tiene que ver con aceptar ser parte del Sistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades. Posterior a eso, se debe firmar una carta de compromiso y del plan de intervención para finalizar el primer paso. Tras ello, se puede comenzar los trámites para optar al aporte monetario.

De esta forma, para este beneficio estatal no es necesario hacer ninguna solicitud o postulación.

Estos son los planes en los que puedes participar:

  • Familias: Orientado al mejoramiento de las condiciones de bienestar en salud, educación, trabajo, ingresos, vivienda y entorno.
  • Abriendo Caminos: Para niños y jóvenes menores de 18 años, cuyo adulto responsable está privado de libertad.
  • Calle: Para mayores de 18 años que están en situación de calle.
  • Vínculos: Para adultos mayores de 65 años.

¿Cómo es el pago y qué montos entrega el Bono de Protección o Bono Dueña de Casa?

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia todavía no hace la confirmación de los montos que tendrá el beneficio este año, pero para que tengas una idea, estos son los pagos que se efectuaron en 2023, los cuales se espera que sean aumentados.

  • Durante los primeros seis meses: $21.823.
  • Del mes 7 al mes 12: $16.608.
  • 3. Mes 13 al mes 18: $11.419.
  • Desde el mes 19 al 24: $20.328.

El pago se realiza a través de una transferencia directamente a la Cuenta RUT de BancoEstado de la beneficiario.

Orden de prioridad

  • Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental, o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • En caso de no cumplir las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

Si no es aplicable a ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cargo a una persona menor de 18 años.

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