
Reconozco que escribo desde la rabia. Lo hago, porque me siento engañado. Voté por un candidato que proclamaba que terminaría con la delincuencia, perseguiría a los terroristas, fortalecería a las fuerzas de orden, promovería el emprendimiento, y reduciría los impuestos. Sin embargo, ahora cuando termina, y se hace un balance, lo que hay es desastroso.
Nada hizo para evitar que el populismo se impusiera. Tenía todo para desbaratarlo. Bastaba que cada ministro explicara con manzanas y utilizando directamente las redes virtuales, lo que iba a significar para el país todas y cada una de las propuestas demagógicas de la oposición. Principiando por el cambio de Constitución, que avaló personalmente, manifestándose desde un principio a favor. Entregó la cabeza por nada. Hoy vemos con impotencia que los constituyentes elegidos en listas mentirosas (independientes) se atribuyen -con la complicidad pasiva del Gobierno- un poder que el pueblo no les entregó. Lo hacen descaradamente, y desconociendo las reglas que juraron o prometieron cumplir. Pero a nadie le importa.
Como tampoco importa que el Gobierno al final de su mandato y como guinda de la torta, se permita despachar un proyecto que castiga a las Pymes, y en general a los beneficiarios de servicios, estableciendo que a contar de enero del año 2022 – en tres meses más – deben pagar IVA por los servicios profesionales que contraten a empresas que prestan esos servicios, sin calificar como sociedades de profesionales.
En su ecuación no consideró que ese impuesto se traslada siempre; que terminan pagándolo para variar los más pobres; y que su propuesta es injusta, arbitraria y completamente ilógica. Desde ya, porque la mayoría de los profesionales hoy se organizan como empresas, y tributan bajo las normas de la Primera Categoría. Esas sociedades, aunque prestan servicios profesionales, no siempre son de profesionales, tanto porque hay personas que la integran que no lo son – por ejemplo, contadores que son de liceos comerciales o de institutos profesionales y no de universidades -; o personas que no alcanzaron a titularse como el mismo Boric – con la diferencia que trabajan en su propio negocio y aprovechando los conocimientos universitarios -; o derechamente pertenecen a sociedades que no son sociedades de profesionales, sino que de inversión, y que lo que hacen es tomar las utilidades que han pagado impuesto en la empresa que presta servicios profesionales, para invertirlos en acciones, depósitos, inmuebles u otros.
Con la reforma propuesta por el Gobierno, todos los servicios pagarán IVA, salvo los que prestan profesionales en forma independiente – los menos -, o sociedades de profesionales, que son aquellas sociedades que están integradas sólo por profesionales, y que se sujetan a las reglas de la Segunda Categoría, contenidas en el artículo 42 Número 2 de la ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Si se sujetan a las reglas de la Primera Categoría, se entiende que sus rentas provienen del artículo 20 Número 5 de la LIR, y por lo tanto, van a estar gravadas con IVA. También lo estarán las empresas estructuradas en la forma que ya advertí, incluso si son sociedades conformadas por profesionales, cuando las profesiones no son afines; así lo interpreta el SII .
En concreto, esta norma introduce una distorsión en la mecánica de los servicios, discrimina en perjuicio del prestador del servicio, y compromete los flujos de las empresas, que tendrán que tener caja para pagar el neto más el IVA. Obligará además y con fuerza vinculatoria express, tener que llevar registros que son los que llevan los contribuyentes de IVA.
Solo a modo de sugerencia, y asumiendo que aunque voté por este Gobierno, resulta muy posible que nada de lo que sugiera se considere, me permito aun a riesgo de ser majadero proponer, dado que están ensimismados con gravar con IVA los servicios, porque los economistas que convocó Briones así lo dijeron – todos ellos, directores (profesionales a honorarios) o asesores de empresas que son contribuyentes de IVA –: 1) Que se graven con IVA sólo los servicios profesionales que se prestan a empresas que son contribuyentes de IVA, y con factura de retención si el prestador es una persona natural o una sociedad que factura sin IVA; o 2) Que se libere de IVA a los servicios profesionales, cuando la empresa que los presta, independiente de la forma que esté organizada, tenga como giro único la prestación de dichos servicios.
Finalmente, y aún cuando estoy tremendamente decepcionado de este Gobierno, debo reconocer que puesto en la coyuntura de volver a votar, lo haría con mucho dolor nuevamente por él, pero, lo subrayo, únicamente por la increíble y sorprendente gestión, que bajo el liderazgo carismático de una servidora pública ejemplar como es Paula Daza, ha tenido para enfrentar la pandemia del COVID – 19.