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4 de Diciembre de 2023

Presupuesto y acuerdo en educación: pasar del papel a la realidad

En definitiva, para lograr un efectivo cumplimiento de las obligaciones adoptadas y que este documento no quede sólo en papel, es necesario establecer formas concretas para su medición y seguimiento, en torno a objetivos claros y medibles que permitan orientar y corregir las acciones que se sigan en esta materia.

Por Constanza Lara, investigadora legal de Acción Educar
Entre los acuerdos se cuenta la modernización de la Subvención Escolar Preferencial (SEP). AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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La semana pasada durante la tramitación del presupuesto, se aprobó en el Senado un “Protocolo de Acuerdo” con el objetivo de destrabar la discusión en torno a los Servicios Locales de Educación (SLEP) y marcar puntos de trabajo que permitan dar oxígeno al complejo proceso que ha implicado su traspaso e implementación. Asimismo, se buscó evitar otros “Atacama”, luego de que la región estuviese más de 80 días sin clases.

Sin perjuicio de las acciones concretas en torno a los Servicios Locales, vale la pena destacar algunos acuerdos relevantes en otras materias, como el financiamiento de la educación parvularia, modernización de la Subvención Escolar Preferencial (SEP) y aumento de alternativas para las familias.

Con respecto al financiamiento de la educación parvularia, se comprometen cambios legislativos que permitan avanzar en el sistema de financiamiento de jardines Junji VTF, dado que estos reciben menor financiamiento que los jardines infantiles dependientes directamente de Junji e Integra, pese a que atienden al mismo grupo objetivo -60% más vulnerable- y concentran el mayor porcentaje de matrícula.

También se estableció retomar a la brevedad la tramitación del Proyecto de Ley que extiende y moderniza la SEP, con indicaciones que incorporen a la educación especial. El objetivo es permitir el acceso de cientos de miles de estudiantes a los recursos que entrega dicha subvención, apoyando además a aquellos que estudian en escuelas de educación especial diferencial.

Además, se acordó presentar un proyecto de ley que otorgue mayores alternativas a las familias mediante la modificación de la norma sobre demanda insatisfecha que se incorporó con la Ley de Inclusión. Esto ha significado limitar el acceso a subvenciones de los colegios particulares. La modificación permitirá la creación de más proyectos educativos, lo que se traduce en más opciones educativas para las familias. Este punto adquiere especial relevancia cuando nos encontramos en situaciones como la de Atacama donde la oferta pública monopólica del servicio educativo suspendido deja a las familias sin alternativas.

Sin perjuicio de lo señalado y con el objeto de dar concreción a los compromisos adoptados por parte del Ejecutivo y contribuir a sentar las bases para una adecuada medición del cumplimiento y exigibilidad, en Acción Educar hicimos un análisis del Protocolo de Acuerdo, que concluye la necesidad de determinar los plazos para cada uno de los compromisos adoptados, como también explicitar las acciones concretas que se deben realizar para dar real cumplimiento a los planes e informes enunciados.

Asimismo, dado el preponderante rol y las facultades entregadas al Ministerio de Educación en la determinación de los Servicios Locales que se pueden traspasar y los que no, toda vez que el acuerdo no contempla lineamientos previos que permitan dilucidar los elementos que deben ser considerados en dicha evaluación, es fundamental explicitar criterios que sean objetivos, pertinentes y de aplicación general, así como dimensionar la capacidad de respuesta del Ministerio en los traspasos y enfatizar su responsabilidad en la correcta implementación.

A esto se suma la necesidad de contar con una agenda legislativa que dé cuenta de plazos y prioridades, puesto que parte importante de lo comprometido son proyectos de ley de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, los que deberán ser dotados de urgencia para acelerar efectivamente su tramitación.

En definitiva, para lograr un efectivo cumplimiento de las obligaciones adoptadas y que este documento no quede sólo en papel, es necesario establecer formas concretas para su medición y seguimiento, en torno a objetivos claros y medibles que permitan orientar y corregir las acciones que se sigan en esta materia. Ello sólo puede lograrse si sabemos quién debe realizar la acción, cómo debe hacerlo, cuándo y quién debe monitorearla. Estos son elementos mínimos que deben estar presentes en cualquier acción que se pretenda implementar.

Finalmente, vale la pena recordar que las cosas por obvias se olvidan, y nunca está de más decir que la calidad debiese ser el criterio orientador de cualquier política pública que pretenda mejorar la educación.

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