Más restricciones en las compras de supermercados y restaurantes: una medida necesaria
Estas medidas buscan reforzar el control sobre el uso indebido de facturas y garantizar que el crédito fiscal del IVA se aplique únicamente a compras relacionadas con la actividad económica del contribuyente, contribuyendo así a una mayor transparencia y equidad en el sistema tributario chileno.
Recientemente, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha implementado nuevas medidas para restringir el uso indebido de facturas en supermercados y restaurantes, con el objetivo de combatir la evasión tributaria y asegurar que las facturas se utilicen exclusivamente para compras relacionadas con el giro o actividad económica del comprador, una situación que, por todos conocida, era usada y abusada por algunos contribuyentes.
De esta manera, a partir del 1 de marzo de 2025, en supermercados, la emisión de facturas estará limitada a transacciones que involucren bienes o servicios directamente relacionados con la actividad económica del comprador. Esto puede parecer muy razonable, pero en la práctica, muchas veces no se respetaba. En esa misma línea, los consumidores finales, vale decir sin inicio de actividades, deberán recibir boletas de ventas y servicios. Además, los supermercados con más de 10 cajas solo podrán destinar un 10% de ellas para la emisión de facturas; aquellos con menos de 10 cajas dispondrán de una única caja para este propósito.
Por otro lado, en restaurantes, la emisión de facturas se restringirá a consumos directamente relacionados con el giro del contribuyente, como almuerzos de negocios. Para obtener una factura, el pagador deberá presentar su Cédula RUT Electrónica, su cédula de identidad e indicar el motivo del consumo, que deberá reflejarse en el detalle de la factura. Por tanto, en actividades personales o familiares, se emitirá una boleta de venta de bienes y servicios.
El SII ha indicado que el incumplimiento de estas normativas conllevará sanciones significativas ya sea para los compradores, así como para los vendedores. Los establecimientos que no respeten la norma podrán enfrentar multas de hasta un 500% del monto de la operación y clausuras de hasta 20 días. Por su parte, los compradores que soliciten facturas cuando no corresponda podrán ser multados con hasta veinte unidades tributarias mensuales.
Estas medidas buscan reforzar el control sobre el uso indebido de facturas y garantizar que el crédito fiscal del IVA se aplique únicamente a compras relacionadas con la actividad económica del contribuyente, contribuyendo así a una mayor transparencia y equidad en el sistema tributario chileno.