Justicia confirma sentencia contra Manuel Contreras por desapariciones en Colonia Dignidad
Junto con ello, los condenados deberán cancelar 150 millones de pesos en indemnizaciones a las familias de Juan Maino Canales y Antonio Elizondo, quienes junto con Elizabeth Rekas, desaparecieron en 1976 en el ex enclave alemán.
La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por los secuestros calificados de Juan Maino Canales, Elizabeth Rekas Urra y Antonio Elizondo Ormaechea, ilícitos ocurridos a partir del 26 de mayo de 1976.
La resolución –adoptada por la Séptima Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Dobra Lusic, Adelita Ravanales y Jenny Book– confirma la sentencia de primera instancia dictada por el ministro en visita Jorge Zepeda, el 23 de enero de 2012, que condenó a los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Manuel Contreras Sepúlveda y Carlos López Tapia, a penas de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad, como autores, de los secuestros calificados; y a Eugenio Fieldhouse Chávez a la pena de 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplice.
Asimismo, las juezas absolvieron por falta de convicción a los ex integrantes de la Colonia Dignidad Gerard Mucke Koschitzke y Karl Johann van Den Berg Schurrmann, revocando el fallo de primera instancia que los había condenado a 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplices.
En el aspecto civil, por decisión de mayoría y con el voto en contra de la ministra Book, se acogió la excepción de incompetencia del tribunal planteada por el Consejo de Defensa del Estado y revocó la condena al fisco a pagar indemnización a las víctimas.
Sin embargo, se determinó que los condenados Contreras Sepúlveda, López Tapia y Fieldhouse Chávez deben pagar una indemnización de $90.000.000 a Filma Canales Soré –madre de Juan Maino Canales- y $ 60.000.000 a María Dolores Elizondo Ormaechea –hermana de Antonio Elizondo Ormaechea- por concepto de daño moral.