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Cámara aprobó el reajuste de 3,5% para sector público y lo despachó a ley

No tendrán reajuste el Presidente, los ministros, los subsecretarios, los intendentes; el Presidente, ministros y fiscal de la Suprema; y el contralor general de la República.

La Cámara de Diputados aprobó en último trámite el proyecto de reajuste de 3,5% para el sector público y lo despachó al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.El beneficio se hará efectivo a contar del 1 de diciembre de 2018.

La iniciativa fue analizada hoy a la luz de dos cambios acotados que se realizó el Senado, que perfeccionaron normas introducidas al texto por la Cámara y que se relacionan con los asistentes de la educación.

La Cámara definió que los asistentes de la educación que residan en las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Aysén y Magallanes, así como en las provincias de Chiloé y Palena, de la Región de Los Lagos, tendrán derecho a gozar de su feriado aumentado en cinco días hábiles.

El Senado vino a complementar esta disposición, agregando al listado a la región de Arica y Parinacota y a las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández.

Además, se precisó la redacción de la norma relativa a la entrada en vigencia (1 de enero de 2019) de algunas medidas contempladas en la Ley 19.464, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para el personal asistente de la educación.

Ambas modificaciones fueron ratificadas por 126 votos a favor y dos en contra.

El proyecto despachado contempla un reajuste general de 3,5% que afecta a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, tales como sueldos bases, asignación profesional, de zona, de fiscalización, municipal, de especialidades y otras similares, según la normativa que les sea aplicable, a los trabajadores de la administración civil del Estado.

También se incluyen en este marco el personal afecto a las escalas de remuneraciones del Congreso Nacional, de la Contraloría General de la República y demás instituciones fiscalizadoras, de las municipalidades, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, incluidos los profesionales regidos por la Ley 15.076.

No tendrán reajuste el Presidente de la República, los ministros de Estado, los subsecretarios, los intendentes; el Presidente, ministros y fiscal de la Corte Suprema; y el contralor general de la República.

Por homologación de letras o grados, tampoco tendrán reajuste las dietas que perciben los diputados y senadores ni la renta mensual de los ministros del Tribunal Constitucional; del presidente del Consejo para la Transparencia; del fiscal nacional y del director ejecutivo del Ministerio Público; y de los secretarios del Senado y de la Cámara de Diputados, así como del director de la Biblioteca del Congreso Nacional.

La propuesta legal también contempla los aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias para el sector activo; un bono de escolaridad y bonificaciones especiales; el aporte al servicio de bienestar; y un bono de invierno, aguinaldos de fiestas patrias y de navidad para los pensionados, entre otros varios beneficios sectoriales.


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