“Ley Uber”: en qué consiste y cuándo comienza a operar
Antecedentes penales y licencia profesional son puntos importantes de la normativa que fue aprobada por el Congreso después de años de tramitación.
El Senado publicó este jueves la aprobación de la Ley de Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT) la que también es conocida como la “Ley Uber”. La normativa regulará qué se entiende por estas plataformas digitales, las obligaciones de estas empresas, los requisitos de sus conductores y los vehículos, como también las garantías de seguridad para los usuarios.
Con 26 votos a favor, una abstención y uno en contra, la sala de la Cámara Alta respaldó el informe de la comisión mixta que consensuó una redacción respecto al proyecto que regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los demás servicios que estas compañías ofrecen.
Tras este último paso, esta ley que comenzó a tratarse desde 2018 fue promulgada y dada a conocer por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
“¡Se despacha la ley que regula a las Empresas de Aplicaciones de Transporte! La norma conocida como Ley EAT busca generar un escenario más equitativo y aumentar la seguridad para conductores y pasajeros de las apps“, confirmó la cartera que encabeza el ministro Juan Carlos Muñoz.
Así se aplicará la “Ley Uber”
- Estas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
- Define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro electrónico de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos y conductores asociados.
- Los vehículos sólo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.
- Pide que se contraten seguros para vehículos, conductores, usuarios y terceros. Las empresas deberán ser personas jurídicas, ser del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.
- Demanda informar al usuario la tarifa en forma previa, la que no podrá variar.
- Por otra parte, solicita que sólo se registren vehículos de propiedad de personas naturales. Del mismo modo, pide que no se registren más de dos vehículos totales en el registro por cada dueño. Se permite, eso sí, que puedan operar en distintas EAT.
Licencia profesional y antecedentes penales
Otro de los puntos importantes de la Ley EAT o “Ley Uber” tiene que ver con la categoría de los choferes, una de las situaciones que habían generado polémica.
“Con el fin de velar por la seguridad de los pasajeros, se establece que los conductores deben contar con una licencia profesional. Junto a ello, se solicita no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por delitos de connotación social. La constancia de delitos puede ser objeto de su eliminación del registro oficial”, confirmó el Senado.