Comisión Mixta aprueba 17 escaños para pueblos originarios y uno para afrodescendientes en Convención
Asimismo se ratificó el criterio de que de la totalidad de las candidaturas se establecerá un mínimo de 5% para personas en situación de discapacidad.
La Comisión Mixta encargada de zanjar las diferencias en torno a la reforma constitucional que buscar reservar escaños para los pueblos originarios en la Convención Constitucional, acordó el criterio de contemplar 17 cupos para los pueblos indígenas y uno para la población tribal afrodescendiente, todos dentro de los 155 ya establecidos.
Con 9 votos a favor y una abstención la Comisión acordó redactar un texto que recogiera los principales criterios acordados, entre ellos, que los escaños reservados fueran descontados de aquellos distritos donde exista mayor población de pueblos originarios y bajo las recomendaciones del Servicio Electoral (Servel).
Asimismo, se consensuó que los patrocinios de candidaturas puedan ser realizados por organizaciones pero también con firmas, estableciéndose más rúbricas para los pueblos más grandes y menos para aquellos con menor población.
En lo fundamental, se estableció el criterio de que sean:
- 7 escaños para el pueblo Mapuche
- 2 escaños para el pueblo Aymara
- 1 escaño para el pueblo Rapa Nui
- 1 escaño para el pueblo Quechua
- 1 escaño para el pueblo Lican Antay o Atacameño
- 1 escaño para el pueblo Diaguita
- 1 escaño para el pueblo Colla
- 1 escaño para el pueblo Kawashkar
- 1 escaño para el pueblo Yagán o Yámana
- 1 escaño para el pueblo Chango
- 1 escaño para la población tribal afrodescendiente
Asimismo se ratificó el criterio de que de la totalidad de las candidaturas se establecerá un mínimo de 5% para personas en situación de discapacidad.
Actualmente la sesión de la Comisión Mixta se encuentra suspendida mientras se redactan las normas que permitan materializar el acuerdo.