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2 de Mayo de 2022

Con suma urgencia: La Moneda ingresa al Senado proyecto que facilita pago de pensiones de alimentos

La secretaria de Estado puntualizó que el objetivo de la iniciativa apunta a generar plazos oportunos de pago, que la Justicia indague el patrimonio del deudor y en caso positivo ejecute el pago de la pensión.

Por Cristián Meza
La institución financiera que deba hacer la entrega de los fondos tendrá 15 días hábiles para concretar el proceso.
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El Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, a través de su titular Antonia Orellana, ingresó al Senado -con suma urgencia- el proyecto de ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones, el cual busca generar un mecanismo de pago permanente de la deuda y mejorar el acceso sobre la información financiera de los deudores.

En conferencia de prensa desde el Senado, Orellana precisó que “luego del rechazo de nuestro proyecto de retiro acotado, hoy estamos cumpliendo con nuestra palabra, pensando en mejorar la experiencia de miles de personas, por abrumadora mayoría mujeres, que tienen que deambular por tribunales actuando casi en las tres funciones: como denunciantes, investigadoras y aportantes de la prueba”.

 
 
 

 

La secretaria de Estado puntualizó que el objetivo de la iniciativa apunta a generar plazos oportunos de pago, que la Justicia indague el patrimonio del deudor y en caso positivo ejecute el pago de la pensión.

En caso de que exista una deuda de pensión de alimentos de tres meses o cinco meses parciales, el hijo o su representante legal podrá pedir al tribunal el pago a través de sus fondos en cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión.

En caso de que estos no existan o no logren cubrir el total de la deuda, se podrá echar mano a los fondos de pensiones del deudor. 

Una vez que se tenga acceso a la información, en cualquiera de ambas versiones, el tribunal tenga un plazo de 24 horas para dictar el pago de la deuda liquidada.

Tras esto, la institución financiera que deba hacer la entrega de los fondos tendrá 15 días hábiles para concretar el proceso. Si no lo hace, deberá hacerse responsable del pago en conjunto con el deudor de la pensión de alimentos, de manera solidaria.

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