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Actualizado el 9 de Junio de 2021

Kínder obligatorio: derribando mitos

Actualmente, si un niño o niña no ha podido cursar Kínder, puede ingresar a 1° Básico sin problemas. Y cuando dicho nivel sea obligatorio, también. La diferencia está en que el proceso será regulado y se asegurará que ese niño tenga las capacidades para aprovechar esa experiencia educativa.

Este martes se inició en la Comisión Mixta la discusión del proyecto del Kínder Obligatorio. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Tania Villarroel

Tania Villarroel es Directora de Estudios de Acción Educar

El proyecto de Ley de Kínder Obligatorio volvió a ser materia de discusión en la Comisión Mixta del Congreso esta semana. Una de las grandes trabas para aprobar este proyecto –que ingresó en 2018– es la creencia de que su aprobación impedirá entrar a 1° Básico a quienes no puedan cursar Kínder por alguna razón, causando una desescolarización en este nivel.

Lo anterior no tiene sustento en la normativa. Actualmente, si un niño o niña no ha podido cursar Kínder, puede ingresar a 1° Básico sin problemas. Y cuando dicho nivel sea obligatorio, también. La diferencia está en que el proceso será regulado y se asegurará que ese niño tenga las capacidades para aprovechar esa experiencia educativa.

Esto ya funciona así para el resto de los niveles obligatorios. En efecto, el Decreto 2.272 resuelve la situación desde 1º Básico a 4º Medio. Señala que quien no haya podido cursar, por ejemplo, 6° Básico, puede ingresar a 7° Básico a través de tres mecanismos: (i) se matricula provisoriamente al estudiante y por un máximo tres meses el establecimiento debe evaluar si tiene la madurez necesaria para estar en ese nivel; (ii) exámenes libres; o (iii) el director de Educación General puede regularizar situaciones escolares pendientes.

La subsecretaria de Educación Parvularia ha señalado en otras oportunidades que, para el caso particular de Kínder, la validación se hará mediante aprendizaje y juegos, descartando exámenes. De esta forma, deberá certificarse el grado de madurez del menor por parte del pediatra, psicólogo o fonoaudiólogo, según corresponda. Una vez que se apruebe la ley, quedaría en manos del Ejecutivo adaptar el Decreto 2.272 para que contemple explícitamente el mecanismo de validación del Kínder señalado.

Lo anterior se ha hecho presente una y otra vez; sin embargo, el Legislativo no se convence. Exige que esto quede en la ley, ya que al parecer no confía en que el Ejecutivo cumpla con su palabra de incorporarlo en estos términos al reglamento. Al mismo tiempo, el Gobierno evidentemente prefiere evitar la rigidez de la ley y la discusión política que conlleva, para redactar un reglamento técnico, que además es de más fácil modificación en caso de requerir enmienda. Con todo, el reglamento no es menos obligatorio que la ley. Esta tensión entre la ley y el reglamento que refleja la desconfianza entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo trae aparejada una inamovilidad que termina afectando el avance en materias tan relevantes como la educación parvularia.

Esperemos que se recupere la confianza para aprobar normas como el Kínder Obligatorio, no demorarlas más en el “tira y afloja” de la ley y el reglamento, ya que, si existe consenso en lo positivo de la educación parvularia, lo ideal sería avanzar lo más rápido posible para mejorar sus condiciones. Por lo menos algo sí es seguro, ningún niño quedará impedido de entrar a 1° Básico si se aprueba esta normativa.

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