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Actualizado el 5 de Octubre de 2018

El rol del Consejo para la Transparencia en el rearme de la historia

Los Consejos de Guerra tras el Golpe, los ex agentes de la CNI que siguen prestando servicios en el Ejército o los nombres de los pilotos que bombardearon La Moneda son algunos de los antecedentes que el CPLT busca dar a conocer a la opinión pública.

Por Redacción EL DÍNAMO
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A 30 años del plebiscito que decretó el triunfo del No, el Consejo para la Transparencia y Memoria Histórica ha debido actuar para dejar a disposición pública los antecedentes que marcaron los 17 años en el poder de Augusto Pinochet.

Así, el organismo ha debido desfilar de manera continua por los tribunales de Justicia para poder salvaguardar y dejar a libre acceso aspectos tan importantes como información de los Consejos de Guerra realizados tras el 11 de septiembre de 1973, la lista de ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que siguen prestando labores en el Ejército, dar a conocer los nombres de los pilotos de la Fuerza Aérea que bombardearon La Moneda o proteger a quienes prestaron testimonio ante la Comisión Valech .

Esta situación es destacada por Marcelo Drago, presidente del CPLT, quien plantea que “estamos ante una serie de episodios recientes de nuestro país en los que vemos que el acceso a la información no solo es relevante sino clave para conocer y resguardar la memoria histórica. Hemos experimentado pronunciamientos adversos ante la judicialización de las decisiones que tomamos como Consejo, pero una cosa es clara, actas que antes eran secretas hoy existe posibilidad de conocerlas gracias a la Ley de Transparencia”.

“Creemos que es deber del Estado de Chile resguardar de manera permanente su memoria histórica, y una parte de ello es viabilizar el acceso y publicidad de información; un deber que por cierto alcanza a las Fuerzas Armadas”, agrega.

Los pilotos que bombardearon La Moneda

Uno de los episodios que siguen en la nebulosa en materia de transparencia es conocer la identidad de los pilotos que bombardearon La Moneda, así como los registros de vuelo y el plan operativo usado el 11 de septiembre de 1973, el cual según determinación del CPLT, debe ser público.

De este modo, emitió un dictamen que declara que: “Atendido el carácter de la información solicitada que emana de documentación generada en una época ostensiblemente anterior a la instrucción del procedimiento judicial en que la reclamada funda la causal de reserva invocada, no ha quedado para este Consejo suficientemente acreditada la circunstancia de que la entrega de dichos antecedentes específicos pueda generar una afectación a la investigación señalada en los términos contemplados en el artículo 21 N° 1, letra a), de la Ley de Transparencia (razón por la que la entidad había denegado el acceso a la información)”.

Así, se rechazó la causal de reserva y se requirió a la Comandancia en Jefe de la Fuerza Aérea la entrega de estos antecedentes. Sin embargo, la FACh aseguró que “no existen registros que digan relación con la identidad de los pilotos requeridos ni las demás materias consultadas”.

Es por ello que en junio de 2016, se ordenó un sumario en contra del Jefe Superior de la Fuerza Aérea de Chile para establecer si su conducta en la etapa de cumplimiento de la citada decisión constituyó una denegación infundada al acceso a la información, para lo cual se ofició a la Contraloría General de la República.

Los ex CNI que se mantienen en el Ejército

Una de las decisiones más conocidas del CPLT es la C1818-16, donde se acogió un amparo en contra del Ejército, instruyendo a la institución que entregue una copia del Decreto Supremo emitido el 1 de febrero de 1990, en el cual aparece la nómina de 32 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que se mantienen prestando servicios, además de sus respectivas labores.

Sin embargo se encontró con el rechazo de la Corte Suprema, la que acogió el recurso de queja presentado por el Ejército y mantuvo la reserva de los involucrados, argumentando la afectación de sus derechos.

Ante esto, el Consejo cuestionó la determinación del máximo tribunal y sostuvo que no se señalaba “en forma específica y concreta” de qué forma se produciría la afectación a la que se aludía, “ni la relación entre la entrega de dicha información y los supuestos o eventuales efectos alegados”.

Junto con ello, dejó en claro que las 32 personas aludidas en la solicitud son, en rigor, funcionarios públicos, por lo que “la esfera de privacidad del personal que trabaja para la Administración del Estado y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa es más reducida que la del resto de las personas –que se encuentran en una situación diversa–, en virtud, precisamente, de las funciones que aquellos ejercen”.

Frente a esta situación, Marcelo Drago sostuvo que “ocasionalmente hay reveses en instancias judiciales, pero hay que persistir en un trabajo continuo, porque la verdad tenemos que construirla a partir del conocimiento de situaciones muchas veces sensibles como las vinculadas a derechos humanos, delitos de lesa humanidad y memoria histórica”.

Los testimonios de la Comisión Valech

La Comisión de Prisión Política y Tortura, también conocida como Comisión Valech -llamada así por ser presidida por el ex vicario de la Solidaridad Sergio Valech y cuyo informe fue dado a conocer en noviembre de 2004 por el Presidente Ricardo Lagos- recabó diversos antecedentes relativos a apremios ilegítimos, vejámenes y maltratos sexuales sufridos por las víctimas en dictadura.

Es por ello que el Consejo Para la Transparencia y Memoria Histórica concluyó que sus datos contenidos en los antecedentes de dicho informe son “datos sensibles”.

Según la legislación vigente, para el tratamiento de este tipo de datos “se requiere la autorización legal o consentimiento expreso del titular del dato, en este caso, la víctima que prestó la declaración ante la Comisión”, ya que las declaraciones fueron otorgadas bajo expresa reserva y confidencialidad.

En concordancia con esta norma, es que se rechazó la solicitud para tener acceso a las bases de datos informáticas creadas bajo el proceso de calificación de la Comisión y solo permitió que, dada la calidad de víctima invocada por el solicitante, pueda tener acceso a sus propios antecedentes.

Los Consejos de Guerra del Ejército

La decisión C225-13 del Consejo solicitó a las Fuerzas Armadas tener acceso a los registros de los Consejos de Guerra realizados tras el Golpe de Estado, acusando “que la información solicitada se relaciona directamente con la violación de derechos humanos y/o situaciones de violencia política”, dejando en claro su importancia histórica para el esclarecimiento de casos vinculados con crímenes de lesa humanidad.

Para ello, se consideró el Decreto Supremo que da vida a la Comisión de Verdad y Reconciliación, que dio lugar al Informe Retting, donde uno de los principales objetivos de la instancia “es contribuir al esclarecimiento global de la verdad sobre las más graves violaciones a los derechos humanos”, por lo que la búsqueda de información debe incluir la instalación y funcionamiento de los Consejos de Guerra.

Si bien en un primer momento el Ejército aseguró no tener información alguna sobre este aspecto,
el CPLT apeló al Informe de la Relatoría Especial de la OEA sobre “Acceso a la Información en Derechos Humanos”, por lo que la institución castrense debió hacer entrega de estos antecedentes y no presentó requerimiento alguno ante tribunales para evitarlo.

En la actualidad, el Consejo Para la Transparencia se encuentra tramitando dos reclamaciones. La primera guarda relación con el acceso a las copias de las actas del Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) entre 1989 y el 2005, así como las resoluciones adoptadas en cada una de las sesiones celebradas en dicho periodo.

En tanto, la segunda guarda relación con las actas del COSENA referidas a la detención de Augusto Pinochet en Londres, específicamente al periodo entre el 11 de noviembre de 1998 y el 26 de marzo de 1999.

Sin embargo, la institución ha debido enfrentar la negativa del Estado Mayor Conjunto, el que argumenta que dar a conocer estos documentos afectaría entre otros aspectos la protección de la integridad territorial del Estado y se vería afectada la seguridad del país, lo cual es cuestionado por Marcelo Drago.

“¿Se trata de iniciativas o antecedentes que pueden afectar la seguridad nacional o el interés de Chile? Quizás en su mayoría estamos ante resabios históricos o anacronismos que ayer tuvieron sentido, pero que hoy lo han perdido. El Consejo para la Transparencia como órgano autónomo del Estado a cargo del acceso a la información pública está abierto a colaborar y a participar en reflexionar sobre los alcances que pueden tener ciertas decisiones en la seguridad nacional, pero, hoy es claro que hay un ciclo que se cumplió”, argumentó.

Finalmente, Drago recalcó que los “chilenos y chilenas tienen derecho a conocer la verdad y creemos que es imperativo, a partir de nuestras acciones, fortalecer la memoria de un país que requiere hacer frente a su historia”.

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