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12 de Julio de 2023

Expulsiones y empadronamiento: así son las nuevas medidas para migrantes irregulares

La nueva Política Nacional de Migración y Extranjería (PNME) están en marcha y los extranjeros que ingresaron a Chile de forma ilegal tienen un plazo.

Por Redacción EL DÍNAMO
El plazo para presentarse en el Sermig para el empadronamiento expira el 6 de octubre de este año. AGENCIA UNO
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En el marco de la nueva Política Nacional de Migración y Extranjería (PNME) que La Moneda oficializó la semana anterior, ya están activas las nuevas medidas que los migrantes irregulares deben cumplir para mantenerse en Chile.

Empadronamiento biométrico y expulsiones son los puntos más importante de este nuevo sistema que pretende promover una migración ordenada, segura y regular y fomentar “la integración armónica de los migrantes”, como afirman desde el Gobierno.

Entre las claves de la PNME están fortalecer las capacidades del Estado en la gestión interna y obtener la documentación de la población extranjera para garantizar la regularidad de las personas y la gestión de las fronteras para la regulación y orden de los flujos migratorios emergentes ante la presión existente en estos territorios limítrofes.

¿Qué es el empadronamiento biométrico?

Consiste en registrar e identificar a las personas extranjeras que hayan ingresado al país por paso no habilitado o eludiendo el control migratorio en frontera. Se anotarán datos personales, biométricos (fotografía del rostro y huellas digitales) y documentales de las personas que cumplan los requisitos y se almacenarán en el Registro Nacional de Extranjeros del Servicio Nacional de Migraciones (Sermig).

¿Quiénes pueden empadronarse y cómo hacerlo?

Los extranjeros mayores de 18 años que hayan ingresado por un paso no habilitado o evitando el control migratorio correspondiente en frontera hasta el 30 de mayo del 2023 y actualmente residan en Chile. La persona debe contar con un informe policial que denuncia su ingreso por paso no habilitado o que haya realizado una declaración voluntaria de ingreso clandestino.

Deben solicitar en el Sermig una hora y escoger una dirección de las oficinas existentes en 16 regiones. Luego, el interesado debe presentarse en la sucursal con la documentación solicitada. El plazo expira el 6 de octubre. En caso de no contar con pasaporte o cédula igualmente puede realizar el trámite.

¿Qué pasa con las expulsiones?

Este martes, la Cámara de Diputados aprobó la propuesta de comisión mixta del proyecto que agrega formas alternativas de notificación del inicio de los procedimientos administrativos de expulsión. La iniciativa busca agilizar este trámite, mediante una mejora en la notificación, tanto al inicio como al final del procedimiento de expulsión.

Así, la notificación del acto administrativo podrá practicarse personalmente por la policía. Además, se permite el envío a la dirección de correo electrónico informado por el extranjero. La medida de expulsión, en tanto, se informará personalmente o por carta certificada al último domicilio registrado en Migraciones o la PDI. Salvo que la persona extranjera haya registrado un correo electrónico para la notificación.

“Esto sólo será en casos debidamente calificados, que se funden en razones de seguridad interior o exterior, el subsecretario del Interior podrá disponer la medida de expulsión. En los casos en que no se pueda encontrar a la persona para notificarla, en dos días y horarios distintos, el funcionario certificará este hecho en el expediente y notificará por carta certificada o correo electrónico”, indicaron desde el Congreso Nacional.

“La propuesta faculta a la Policía a requerir a las personas extranjeras un correo electrónico o la creación de uno para las notificaciones ya descritas. Ello, al momento del control, detención o autodenuncia”, argumentaron.

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