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17 de Junio de 2024

Aguinaldo de Fiestas Patrias: quién lo recibe y cuándo se entrega

Este dinero no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos.

Por Gabriela Romo
Este 2024, tiene cinco días para festejar. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
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Las celebraciones de las Fiestas Patrias de este 2024, tendrán cinco extensos días de festejo, por lo que prepararse con anticipación para los gastos y las compras, es crucial.

Es por ello, que ya se anunció el monto del aguinaldo para este año, además de las fechas de pago y los beneficiarios.

Cabe destacar que este dinero no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos, porque no es tributable; ni de cotizaciones previsionales ni de salud, ya que no es imponible.

¿Cuándo pagan el aguinaldo Fiestas Patrias?

Según indica la Ley 21.647, el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 se paga automáticamente durante el mes de septiembre.

Sin embargo, la fecha exacta del pago puede variar para cada persona según reciba una pensión y el sueldo sueldo correspondiente a ese mes.

¿Cuál es el monto?

El monto del Aguinaldo Fiestas Patrias 2024 para pensionados es de $24.261, con un adicional de $12.446 por cada carga familiar.

En tanto, el monto para trabajadores públicos se dividirá en dos categorías:

  • $85.093 para quienes tienen un sueldo líquido igual o inferior a $984.282 a agosto de 2024.
  • $59.071 para quienes tienen un sueldo líquido superior a $984.282 a agosto de 2024.

¿Quiénes reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias?

Los beneficiarios del Aguinaldo Fiestas Patrias 2024 son:

  • Trabajadores del sistema público
  • Pensionado del IPS que reciba PGU o Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
  • Pensionado de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
  • Pensionado del Instituto de Seguridad Laboral.
  • Pensionado de las Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionado de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionado de reparación, incluidas las pensiones de sobrevivencia.
  • Pensionado de una AFP o compañías de seguro que recibe PGU, Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiario del Subsidio de Discapacidad.

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